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Después de más de tres años, la compañera Lety Ramírez regresa a
su plantel de origen
Por
Edgar García.
Lety
Ramírez, analista administrativo del plantel Coyoacán "Ricardo Flores Magón", de las prepas
del D. F. (IEMSDF) fue cambiada de plantel como represalia por defender
sus derechos a mediados de mayo del 2008.
En
esos días, y derivado de una una serie de denuncias que la compañera
Lety Ramírez llevó a cabo en contra tanto del coordinador del plantel, Emilio Cabrera Castro, como del jefe de
servicios, Mauricio Virgilio García Espinosa, la dirección administrativa del IEMS, encabezada en ese entonces por Guillermo Gerzayn González
Ugarte decide mandar a trabajar a la compañera al plantel más
lejano posible, Cuajimalpa, violentando flagrantemente la cláusula
57 del Contrato Colectivo de Trabajo vigente, la cual señala lo
siguiente en su inciso 3):
“Cláusula
57. Son derechos de los trabajadores.
3)
Conservar su horario y lugar de adscripción donde presta sus
servicios. En caso de modificar cualquiera de éstos, se hará con la
justificación correspondiente y en su caso de común acuerdo entre
el INSTITUTO, el trabajador y el SINDICATO. Su modificación podrá
ser solicitada a petición del trabajador y del INSTITUTO cuando
existan necesidades del servicio.”
Como respuesta ante esta nueva arbitrariedad de las autoridades, la
compañera Lety Ramírez demandó en tiempo y forma ante la Junta
Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal (JLCA-DF) para regresar a su plantel de
origen.
Es
importante señalar que durante el juicio las autoridades del IEMS no
mostraron pruebas documentales ni testimoniales que al principio
habían ofrecido. En ese sentido, nunca se presentaron ni el jefe de
servicios ni el coordinador del plantel, a pesar de que se había
ofrecido en un principio el testimonio de estos dos funcionarios.
Con
fecha 24 de agosto del 2010, la Junta Local número 16 resuelve que,
efectivamente, el IEMS violó la mencionada cláusula y emite laudo
para que la compañera regrese al Plantel Coyoacán. Como respuesta,
las autoridades del IEMS interponen recurso de amparo, el cual
pierden, así como el recurso de revisión.
Es
hasta el 6 de octubre del 2011 cuando se ordena a las autoridades del
IEMS regresar a la compañera al plantel Coyoacán.
Para
el 8 de noviembre del 2011, la trabajadora, en compañía del
actuario de la Junta Local se presenta en el área jurídica el IEMS,
para verificar el cumplimiento del laudo respectivo. Es importante
señalar que de acuerdo con el artículo 731 de la Ley Federal del
Trabajo:
“Artículo
731.- El Presidente de la Junta, los de las Juntas Especiales y los
Auxiliares podrán emplear conjunta e indistintamente, cualquiera de
los medios de apremio necesarios, para que las personas concurran a
las audiencias en las que su presencia es indispensable o para
asegurar el cumplimiento de sus resoluciones.
Los
medios de apremio que pueden emplearse son:
I.
Multa hasta de siete veces el salario mínimo general, vigente en el
lugar y tiempo en que se cometió la infracción;
II.
Presentación de la persona con auxilio de la fuerza pública; y
III.
Arresto hasta por treinta y seis horas.”
Sin
embargo, es hasta este 6 de marzo del 2012 que la trabajadora recibe
el oficio en donde se le reinstala en el plantel Coyoacán.
Vaya
una felicitación a la valiente y solidaria compañera Lety Ramírez,
una de las iniciadoras del proyecto de la Hormiga de la Base, quien
con la calidad humana que la caracteriza ha hecho posible artículos
tan necesarios para los trabajadores del IEMS, como lo son nuestros
ya famosos “primeros auxilios laborales” y muchos otros, en los
cuales ha dedicado desinteresadamente tiempo, esfuerzo e inclusive
dinero para poder estar actualizada y ofrecer la información más
útil e importante para todos nuestros compañeros. Enhorabuena.
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